A- de 2001
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Pedro Antonio Martinez Moreno
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- Inaplicación del precepto constitucional
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró la nulidad de lo actuado en el proceso de tutela promovido por el ciudadano de la referencia contra Cajanal a partir del auto proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, toda vez que se ordenó remitir el expediente al citado Tribunal para lo de su competencia y comunicar lo aquí decidido al Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá y al Tribunal Superior de Bogotá, para los fines legales pertinentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar la nulidad de lo actuado en el proceso de tutela promovido por Pedro Antonio Martinez Moreno contra Cajanal, a partir del auto de enero 24 de 2001, proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
- Segundo. Remitir el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para lo de su competencia y comunicar lo aqui decidido al Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogota y al Tribunal Superior de Bogota, para los fines legales pertinentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.